el alto tribunal reiteró que la estabilidad reforzada Por las razones de salud aplica también a contratistas y otras formas de vinculación. La corte constitucional reiteró que las personas con problemas de salud tienen una protección especial frente a la pérdida de su trabajo, Incluso si no cuentan con un contrato laboral tradicional. La decisión adoptada el 24 de marzo del 2026 por la sala séptima de revisión deja claro que esta garantía no solo cobija a empleados formales sino también a quienes trabajan bajo otras modalidades como contratos de prestación de servicios





