¿Quiénes están exentos de prestar el servicio militar?

  • Hijos únicos.
  • Huérfanos encargados del sostenimiento de sus hermanos menores.
  • Hijos de padres mayores de 60 años o con discapacidad permanente que dependan económicamente de ellos.
  • Personas casadas o que acrediten una unión marital de hecho.
  • Padres de familia.
  • Personas con discapacidad permanente.
  • Integrantes de comunidades indígenas que conserven su identidad cultural.
  • Objetores de conciencia.
  • Víctimas del conflicto armado inscritas en el Registro Único de Víctimas (RUV).
  • Personas protegidas por programas de protección a víctimas y testigos.
  • Desmovilizados de grupos armados, conforme a la ley.
  • Mujeres trans que hayan realizado la corrección del componente sexo en el registro civil.