La alcaldía de Popayán habría desconocido la Ley 1995 de 2019 en donde claramente se señalan hasta donde se podrían aplicar incrementos prediales, según lo dijo el excandidato a la alcaldía de esta ciudad, Juan Francisco Salamanca.
El IPC más 8%
De acuerdo al análisis que hizo el ingeniero, a propósito del proyecto de ley radicado por el gobierno Petro para poner freno a las posibles exageraciones que el ejercicio pudiera traer en todo el país, dicho incremento está claramente definido en la ley 1995 de 2019, referido a subirlo de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor o técnicamente conocido como IPC más 8 puntos porcentuales sobre al valor base.
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En ese sentido, Salamanca dijo que ese criterio legal no fue respetado por la alcaldía de Popayán al hacer la actualización catastral, excepto para los 2 primeros estratos de la población donde si se actuó bajo tal normativa, para propiedades cuyo valor no superara los $135 millones de pesos.
“Nos queda más que claro que la Alcaldía de Popayán NO aplicó correctamente lo definido como máximo permitido por la ley 1995 de 2019, que era de IPC + 8% para todos los predios, excepto, para las viviendas pertenecientes a los estratos 1 y 2 cuyo avalúo catastral fuera de hasta 135 SMMLV, en cuyo caso no podría haber sobrepasado el IPC” ,sentenció el excandidato a la alcaldía de la capital caucana, Juan Salamanca.