la sentencia t319 del 2025 reconoce el cuidado como derecho fundamental la corte constitucional determinó mediante la sentencia test 319 que las eps están obligadas a garantizar un cuidador domiciliario cuando una persona con dependencias funcional lo requiere siempre que exista necesidad médica comprobada y que la familia no pueda asumir el cuidado
el fallo emitido en Bogotá en 2025 responde al caso de una mujer de 100 años afiliada a mutual ser eps y establece lineamiento sobre solicitar este servicio y bajo qué condiciones debe ser otorgado.
La corte concluyó que el cuidado es un derecho fundamental ligado a la salud y a la dignidad humana en consecuencia las personas que requieren apoyo para actividades básicas como bañarse comer vestirse tomar medicamentos movilizarse Puede acceder al Servicio del cuidador cuando su condición médica así lo indique y su entorno Familiar no tenga la capacidad física económica o funcional para asumirlo





