Los actos administrativos que se adelantan por parte de las entidades oficiales deben tener como base su presunción de legalidad y no su nulidad, dijo la presidente del Concejo payanés, Rosa Agustina Sinisterra Landázury, en alusión al proceso de elección del secretario de la corporación.
Son los jueces
La lideresa política respondió de esta forma a las dudas que atravesaron el proceso para elegir al secretario de la corporación por parte de algunos concejales, resaltando que las dudas sobre la legalidad de los mismos deben ser aclaradas por un juez y no por la misma corporación, no autorizada por norma para definir tal calidad.
“La Ley 1437 de 2011 es muy clara al no permitir la revocatoria directa de los actos administrativos cuando ya han sido comunicados. La única vía posible es la demanda ante la jurisdicción administrativa”, dijo Sinisterra Landázury en clara alusión a la decisión que dejó ternados a tres de los muchos aspirantes que se presentaron y que fueron examinados por la Corporación Universitaria de la Costa CUN, que presentó la terna final a la plenaria para que ella seleccionara.
La presidente de la corporación política de Popayán agregó que si algún corporado tiene dudas de todo el proceso cumplido, está en su derecho de demandar ante las instancias jurídicas contempladas para ello.



