- Hijos únicos.
- Huérfanos encargados del sostenimiento de sus hermanos menores.
- Hijos de padres mayores de 60 años o con discapacidad permanente que dependan económicamente de ellos.
- Personas casadas o que acrediten una unión marital de hecho.
- Padres de familia.
- Personas con discapacidad permanente.
- Integrantes de comunidades indígenas que conserven su identidad cultural.
- Objetores de conciencia.
- Víctimas del conflicto armado inscritas en el Registro Único de Víctimas (RUV).
- Personas protegidas por programas de protección a víctimas y testigos.
- Desmovilizados de grupos armados, conforme a la ley.
- Mujeres trans que hayan realizado la corrección del componente sexo en el registro civil.





