A través del Decreto 066, la administración municipal, reglamentó temporalmente los horarios de funcionamiento de establecimientos públicos, donde se expende licor denominados bares, discotecas, tiendas y demás lugares que trasciendan a lo público en todo el territorio.
Así mismo se invitó a los establecimientos de comercio de la zona rural y urbana del municipio que expendan licor o bebidas embriagantes en bares, discotecas, tiendas y demás lugares que deben tramitar ante la Secretaría de Gobierno el correspondiente permiso para su funcionamiento.
Los horarios establecidos son: de lunes a viernes de 2 de la tarde a 10 de la noche y sábados y domingos de 3 de la tarde a 12 de la noche.