Segunda vuelta en Bogotá: ¿Los jurados de votación podrían recibir dos días compensatorios?

Conoce el papel crucial que desempeñan los jurados de votación en las elecciones regionales de Colombia y los días de descanso remunerado.
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Las elecciones regionales en Colombia, se llevarán a cabo el próximo domingo 29 de octubre. Se trata de un evento de gran relevancia, donde los ciudadanos ejercerán su derecho al voto para elegir a gobernadores, diputados de las asambleas departamentales, alcaldes, concejales en todos los municipios y ciudades, y ediles. De esta manera, los jurados de votación juegan un papel importante durante esta fecha.

En este proceso electoral, los jurados de votación desempeñan un papel crucial. Están encargados de supervisar el desarrollo de las elecciones, llevar a cabo los escrutinios de mesa y registrar los resultados de la mesa en los formularios electorales. Es un trabajo que conlleva una serie de responsabilidades y, como recompensa, los jurados tienen derecho a un día de descanso remunerado.

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Derecho a días compensatorios para los jurados de votación

De acuerdo con el Código Electoral, «Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la votación». Esto significa que los jurados pueden solicitar su día compensatorio a partir del 30 de octubre hasta el 13 de diciembre de 2023.

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Sin embargo, existe un factor a considerar: la posibilidad de una segunda vuelta, que podría realizarse en Bogotá tres semanas después de la elección regional, específicamente el domingo 19 de noviembre de 2023.

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¿Se pueden juntar los días compensatorios?

La pregunta que surge es si los dos días compensatorios pueden ser acumulados. Según lo establecido anteriormente, los jurados de votación tienen derecho a dos días completos de descanso, que abarcan desde el 20 de noviembre hasta el 13 de diciembre.

De esta forma, podemos ver que los jurados de votación desempeñan un papel fundamental en el proceso electoral de Colombia y tienen derecho a días compensatorios. Por este motivo, la posibilidad de una segunda vuelta plantea interrogantes sobre la acumulación de estos días de descanso.

No obstante, es importante resaltar que los detalles precisos de la legislación y su aplicación pueden variar, por lo que se recomienda a los jurados consultar con las autoridades electorales para obtener una guía más específica en su situación particular, ya que en este caso no hay una respuesta general.

Cada uno tiene su autonomía de decisión con las normas que los respaldan, por lo que es fundamental solicitar información en su región, en caso de pasar a la segunda vuelta.

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